sábado, 26 de octubre de 2013

Educando en justicia

Educando en Justicia


Robo en la tienda Fashion

TÍTULO DEL JUICIO: ROBO EN LA TIENDA FASHION
Personajes:
• Juez/a.
• Fiscal.
• Abogado/a defensor/a.
• Secretario/a judicial.
• Acusados: Inmaculada Mariño y Reyes Aguirre, de 15 y 16 años. Acusadas de haber robado tres camisetas y un pantalón en una tienda de ropa, la tienda Fashión.
• Testigo primero (y víctima): Cristina Nin. Dependienta.
• Testigo segundo: Josefa Giral. Testigo, clienta de la tienda.
• Testigo tercero: Francisco Latorre, guarda jurado.
• Equipo técnico (se sienta junto al fiscal): Enrique Rodríguez.
• Funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial (conocido como Agente).
                                       Sinopsis del caso
 Dos adolescentes, Inmaculada Mariño, de 15 años, y Reyes Aguirre,de 16, tratan de robar tres camisetas y un pantalón, ocultándolas en una bolsa, en una tienda de ropa –Fashion-.
Una clienta avisa a la dependienta de que las dos jóvenes están
sustrayendo género. La dependienta las intercepta en la puerta y les requiere la bolsa. Ellas se niegan y tratan de salir. Cuando la dependienta trata de retenerlas éstas comienzan a darle una paliza que sólo para la intervención de dos vigilantes jurados.
Acusación:
Un delito de robo con violencia y un delito de lesiones.




LUGAR: ESCENARIO DEL JUICIO
JUEZ/A:
Dirigiéndose al público.
Se abre la sesión. Yo, el/la juez/a me siento en la mesa central, presidiendo el juicio. A mi derecha se encuentra el fiscal y a mi izquierda el abogado defensor. En el banquillo se sientan los acusados. Mi cometido es el dirigir el juicio y emitir una sentencia, que también se llama fallo. Esto lo hago al final de todo, tras valorar las pruebas que todos vais a ver. Las pruebas son declaraciones de los acusados, de testigos
y de peritos. Estos, los peritos, son expertos en una especialidad concreta. Pueden ser médicos forenses,
policías científicos, psiquiatras… Veréis que junto a mi en la mesa, hay una persona sentada que también lleva toga. Se trata del Secretario Judicial. Su función es la de dar fe de lo que aquí va a tener lugar. Es el notario del acto. Su papel es muy importante porque sin él no se puede celebrar el juicio. Y a él, precisamente, le corresponde verificar la identidad de cada persona que comparece. A continuación, voy a dar la palabra al/la Fiscal. SIEMPRE sucede así. Primero, el/la Fiscal y luego el abogado defensor. Una aclaración: tanto el fiscal como el abogado defensor tienen que dirigirse a mí con una fórmula que habréis escuchado en la televisión. Se trata de “Con la venia, Señoría”. Con la venia quiere decir con su permiso. Y Señoría es el tratamiento de respeto que recibimos todos los jueces y magistrados.
Dirigiéndose al/la fiscal. Señor/a fiscal, tiene la palabra para explicar su cometido.

FISCAL:
Dirigiéndose al/la juez y luego al público. 
Con la venia, Señoría. Mi misión en este y en todos los
juicios que se celebran en España es defender la Ley, defender los derechos de los ciudadanos y defender el interés público. Acuso y pido una condena si considero, a la vista de las declaraciones y las pruebas, que el acusado o la acusada es culpable. Si a lo largo del juicio se demuestra la no culpabilidad de los acusados, solicitaré a su Señoría la absolución.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al público. Después del ministerio fiscal le toca el turno al abogado defensor de los acusados.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Dirigiéndose al público.
Con la venia, Señoría. Mi misión en este juicio es la de defender la inocencia de los acusados. Mis clientes.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al público.
Ahora entramos en el juicio. Es la primera fase, la del interrogatorio. Los primeros en declarar son las
acusadas, aunque tienen el derecho a no hacerlo. Nadie puede obligarles. Os avanzo que en el caso que nos
ocupa hay 2 chicas. Se trata de Inmaculada Mariño, de 15 años, y de Reyes Aguirre, de 16 años. Las dos están acusadas de un delito de robo con violencia y un delito de lesiones. Fueron detenidas por la policía.
Comenzamos con la primera acusada. Doña Inmaculada Mariño, póngase en pie. Inmaculada Mariño se pone de pie ante el tribunal.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al público.
Antes de dar entrada a las partes es necesario que explique un mecanismo esencial que se repite en cada
juicio. Si es el denunciado, debe estar en la sala, sentado en el banquillo, delante del tribunal. Si es un testigo, o un perito, debe esperar fuera de la sala. En el caso de los acusados, estos deben estar en la sala siempre y deben declarar los primeros.

JUEZ/A:
Señora Mariño, tiene usted derecho a guardar silencio si así lo desea. ¿Quiere declarar?

INMACULADA MARIÑO:
Sí, Señoría.

JUEZ/A:
Bien, el ministerio fiscal tiene la palabra.

FISCAL:
Con la venia, Señoría. Señora Mariño, ¿dónde se encontraba usted el 13 de enero a las 7,30 de la tarde?

INMACULADA MARIÑO:
Estaba en la tienda “Fashion”, de mi barrio, con Reyes, mirando ropa.

FISCAL:
¿Cuánto tiempo llevaban en la tienda cuando ocurrió todo?

INMACULADA MARIÑO:
Inmaculada se muestra dubitativa. Mira su reloj de muñeca. Pone cara de estar calculando.
Cinco minutos escasos. Habíamos entrado para mirar unas camisetas.

FISCAL:
¿Se probó usted algo?

INMACULADA MARIÑO:
Me probé dos camisetas y una falda, en el probador.

FISCAL:
¿Compraron algo?

INMACULADA MARIÑO:
No, no compramos nada.

FISCAL:
Llevaba usted, o su amiga Reyes, alguna bolsa.

INMACULADA MARIÑO:
Sí, yo llevaba una bolsa de papel duro. De color marrón.

FISCAL:
El Fiscal le muestra una bolsa como la descrita.¿Es esta bolsa?

INMACULADA MARIÑO:
Sí, es esa bolsa.

FISCAL:
¿La bolsa estaba vacía o tenían algo en su interior?

INMACULADA MARIÑO:
Estaba vacía.

FISCAL:
¿Está usted segura?

INMACULADA MARIÑO:
Sí.

FISCAL:
Según usted, ¿cómo ocurrió todo?

INMACULADA MARIÑO:
Íbamos hacia la puerta. Estábamos a punto de salir,
cuando la dependienta se echó sobre nosotros gritándonos y llamándonos ladronas. Nos decía, qué
lleváis ahí, ¿eh? ¿Qué me estáis robando? A ver, mostradme lo que habéis metido en la bolsa. A Reyes
le dio un empujón que casi la tira al suelo. A mi me agarró el brazo con una mano y con la otra trató de
quitarme la bolsa.

FISCAL:
Y usted, ¿qué hizo?

INMACULADA MARIÑO:
No le dejé que cogiera la bolsa. Me estaba gritando. Me estaba tratando como una delincuente. Le hice frente con todas mis fuerzas. Traté de que me soltara.

FISCAL:
¿Le agredió a usted la dependienta?

INMACULADA MARIÑO:
Sí, me agredió con mucha violencia. Me hizo mucho daño. Yo sólo traté de defenderme. Además, nos estaba llamando ladronas y estaba haciendo una escena ante toda la gente. ¿Y por qué? Porque no vestimos como los pijos que compran en su tienda. Porque no somos de su clase. Nos defendimos porque nos estaba
atacando injustamente.

FISCAL:
¿Qué hizo entonces su amiga Reyes?

INMACULADA MARIÑO:
Trató de separarme de ella. Me estaba haciendo mucho daño. Estaba muy enfadada y no dejaba de repetir
¡ladronas!, ¡ladronas! A Reyes le costó mucho, pero al final la señora se cayó al suelo.

FISCAL:
¿Hicieron ustedes algo?

INMACULADA MARIÑO:
Nos marchamos por la puerta. Entonces entró el “guardia” de seguridad. Nos detuvieron. Nos llevaron a
un despacho que estaba allí cerca. Luego llegó la Policía y nos llevaron a Comisaría.

FISCAL:
¿En algún momento golpeó usted a la dependienta?

INMACULADA MARIÑO:
No.

FISCAL:
¿Dio usted alguna patada en la cara a la dependienta
cuando esta se encontraba en el suelo?

INMACULADA MARIÑO:
No.

FISCAL:
¿Estuvo siempre vacía la bolsa marrón que usted llevaba?

INMACULADA MARIÑO:
Si.

FISCAL:
Dirigiéndose al/la juez. No hay más preguntas señoría.

JUEZ/A:
Ahora es el turno del abogado defensor de ambas acusadas. Señor/a letrado/a, tiene usted la palabra.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Señora Mariño, ¿cuándo fue la primera vez que visitó la tienda “Fashion”?

INMACULADA MARIÑO:
Hace unos meses.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
¿Ocurrió algo que sea digno de mención?

INMACULADA MARIÑO:
Si. Fuimos a cambiar una falda que mi madre me había comprado en rebajas. No me gustaba. Cuando le pedí que me diera otra me dijo que no, que había sido usada y que no se podía cambiar.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
¿Había sido utilizada por usted?

INMACULADA MARIÑO:
Pone cara de ofendida. No. Estaba nuevecita. No quiso cambiármela porque no le dio la gana a la señora.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
¿Protestó usted?

INMACULADA MARIÑO:
Si, pero no me hizo caso.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Se lo contó usted a sus padres:

 INMACULADA MARIÑO:
Si, se lo dije a mi madre.

 ABOGADO/A DEFENSOR/A:
¿Hizo algo su madre después? ¿Demandó a la tienda?

 INMACULADA MARIÑO:
No, dijo que para 20 euros que no se iba a meter en problemas.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Dirigiéndose al/la juez/a. No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ/A:
Dirigiéndose a la acusada.
Puede usted sentarse, señora Mariño. Ahora corresponde interrogar a la segunda acusada, Reyes Aguirre. Señora Aguirre, póngase en pie.
Dirigiéndose al público.
Cómo habéis podido comprobar, ni a Inmaculada Mariño ni a Reyes Aguirre les he tomado promesa o juramento de decir la verdad. A los acusados, en nuestro sistema judicial, nunca se les pide que prometan o juren. Pueden contar su versión de los hechos de la forma que consideren más conveniente o apropiada para su causa. En el sistema estadounidense, que veis en las películas, los acusados sí están obligados a jurar o prometer. Si suben al estrado para ser interrogados tienen que decir la verdad. Y si mienten, pueden ser castigados por ello.
Dirigiéndose a Reyes Aguirre.
Bien, señora Aguirre. Ahora le va a interrogar el/la señor/a fiscal.
Dirigiéndose al/la Fiscal.
Tiene usted la palabra.

 FISCAL:
Señora Aguirre, ¿es cierto que la señora dependienta le dio a usted un empujón?

REYES AGUIRRE:
Si, cuando nos marchábamos. Agarró a Inma y yo la ayudé a soltarse. Ella se cayó al suelo sola.

 FISCAL:
¿En algún momento golpearon ustedes a la dependienta cuando estaba en el suelo?

REYES AGUIRRE:
No. Ni la tocamos.

FISCAL:
¿Se llevaron ustedes algo de la tienda dentro de la bolsa marrón?
REYES AGUIRRE:
No, nada.
FISCAL:
¿Y por qué van ustedes a una tienda con una bolsa
vacía?
REYES AGUIRRE:
Nos la habíamos encontrado en un banco y estaba nueva. Pensamos que nos serviría para algo.

FISCAL:
Dirigiéndose a la/el juez/a. No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ:
Señor/a abogado/a, es su turno.

ABOGADO/A:
Señora Aguirre, ¿tiró usted al suelo intencionadamente a la señora dependienta?

REYES AGUIRRE:
No, fue un accidente. Se cayó sola.

ABOGADO/A:
¿Estaba la bolsa vacía cuando se dirigían ustedes a la salida?

REYES AGUIRRE:
Si, completamente vacía.

ABOGADO/A:
Dirigiéndose a la/el juez/a. No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al público.
Como habéis visto, han declarado las dos acusadas. Su versión es muy clara. La dependienta, la única dependienta de la tienda, las tomó por un par de ladronas y entendió que dentro de la bolsa se llevaban algo. Y quiso comprobarlo. Se encontró, entonces, con la resistencia de ambas chicas y se cayó al suelo en el forcejeo. ¿Fue todo cómo lo contaron las acusadas? Ahora vamos a escuchar la versión de la víctima, la dependienta, doña Cristina Nin.
 Dirigiéndose al/la agente.
Que llamen a doña Cristina Nin.

AGENTE:
Da la voz en alto.
Cristina Nin.

 JUEZ:
Dirigiéndose al público.
Para comparecer ante mi tribunal, al igual que ante el resto de los tribunales españoles, la persona tiene que
venir con su Documento Nacional de Identidad. ¿Por qué es necesario? Porque tenemos que asegurarnos que ella es quien dice que es. Imaginaos si cualquiera pudiera hacerse por uno mismo. En este caso, el agente toma el carnet de la testigo y se lo entrega al/la Secretaria Judicial. Este/a comprueba que el DNI
corresponde a la persona y si está bien, me hace un gesto diciéndome que está bien. Entonces puede
comenzar a declarar.
Mientras el/la juez está explicando esto, el agente ha entregado al/la Secretario/a el DNI
del declarante. El/la Secretaria toma nota del nombre y lo apunta en el acta del juicio.
Luego mira al/la juez/a y asiente, como queriendo decir que todo está bien. El/la juez/a
procede con la declarante.

JUEZ/A:
Señora Nin, ¿jura o promete decir la verdad en todo lo que aquí se le pregunte? Le advierto de que si así no lo hace podría ser castigada con pena de prisión por ello.

CRISTINA NIN:
Lo prometo.

JUEZ/A:
Señor/a fiscal, tiene la palabra.

FISCAL:
Dirigiéndose a la testigo.¿Qué ocurrió la tarde del 13 de enero, a las 7,30 de latarde?

CRISTINA NIN:
Era viernes y en la tienda había bastante trabajo.Cuando entraron por la puerta me fijé en ellas. No es la
primera vez que han venido a la tienda. Al menoshabían estado en dos ocasiones antes. Y en esas dos ocasiones pude comprobar que me había desaparecidogénero. Concretamente, una falda y una camisa. Con
sinceridad, cuando las vi entrar, tuve un malpresentimiento.

FISCAL:
¿Vio usted cómo introducían el género en la bolsa?

CRISTINA NIN:
No, fue una clienta la que me avisó.

FISCAL:
¿Y usted que hizo?

CRISTINA NIN:
Las paré antes de la salida y les pedí que me mostraranlo que llevaban en la bolsa.

FISCAL:
¿Agarró usted del brazo a la señora InmaculadaMariño?

CRISTINA NIN:
No.

FISCAL:
¿Empujó usted a la señora Reyes Aguirre y casi la tiró al suelo?

CRISTINA NIN:
No. Les pedí que me enseñaran lo que llevaban en la bolsa. Se rieron de un modo muy ruidoso. Me dijeron
cosas como “Tú de qué vas, tía” “¿quién te crees que eres?”. Después trataron de marcharse.

FISCAL:
¿Qué hizo usted entonces?

CRISTINA NIN:
Les cerré el paso y les dije que si no me mostraban lo que llevaban en la bolsa de allí no salían.

FISCAL:
¿Cómo reaccionaron?

CRISTINA NIN:
Se abalanzaron sobre mí y comenzaron a pegarme. Yo traté de protegerme, pero eran muy violentas. Una de ellas llevaba un paraguas y me golpeó con ello. Caí al suelo y empezaron a patearme. Me dieron varias veces en la cabeza, en el cuello, en el pecho, en el abdomen… Casi perdí el sentido.

FISCAL:
¿Cómo terminó todo?

CRISTINA NIN:
Llegaron los guardas jurados del centro comercial y las detuvieron.

FISCAL:
¿Pudo usted ver en algún momento el interior de la bolsa?

CRISTINA NIN:
Sí, cuando estaba en el suelo vio que dentro había un pantalón y varias camisetas de la tienda.

FISCAL:
Dirigiéndose al/la juez/a.
No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al/la abogada/o defensor/a.
La defensa tiene la palabra.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Usted, por lo tanto, no vio cómo supuestamente introducían la ropa en la bolsa.

CRISTINA NIN:
No, directamente, no. Me lo dijo una clienta, que fue la que llamó al guarda jurado. Y me salvó de que
siguieran pegándome.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
¿Provocó usted a las acusadas?

CRISTINA NIN:
En absoluto.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Usted ha dicho que ambas habían estado en la tienda antes y que había desaparecido género. Usted relacionó su presencia con el género que alguien se llevó. ¿Tiene usted alguna prueba de que hubieran sido ellas?

CRISTINA NIN:
No, pero…

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Usted no tiene ninguna prueba de su culpabilidad, ¿verdad?

CRISTINA NIN:
No, pero…

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Sin pruebas nadie puede ser declarado culpable. Usted las condenó, en su fuero interno, sin pruebas. Y su
actitud hacia ellas condicionó lo sucedido el día de los hechos. ¿Por qué se dirigió a las dos acusadas de una
forma tan provocadora, gritándolas?

CRISTINA NIN:
No es cierto. Fui muy correcta con ellas, pero es que no querían enseñarme el interior de la bolsa.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
¿Les llamó ladronas?

CRISTINA NIN:
Puede ser que se lo llamara. No querían enseñarme el interior de la bolsa.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
¿Agarró usted de un brazo a la señora Mariño?

CRISTINA NIN:
Traté de sujetarla, para que no se marchara y me enseñara el interior de la bolsa. Entonces las dos me
dieron una paliza.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
¿No se extralimitó usted en su celo profesional? ¿No cree usted que provocó indirectamente el conflicto?
¿Qué la ausencia de buenas maneras por su parte produjo el enfrentamiento?

CRISTINA NIN:
Pues no. ¿Qué debería haber hecho? ¿Dejar que se marcharan de la tienda con el género?

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Por último, ¿es cierto que meses atrás usted se negó a cambiarle una falda adquirida en su tienda y que
tuvieron una discusión?

CRISTINA NIN:
No, no es cierto.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Dirigiéndose a la/el juez/a.
No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ/A:
Muy bien, Señora Nin, puede usted sentarse. Tenemos un segundo testigo, una mujer. Se trata de Josefa Giral y es la persona que llamó la atención de la señora Nin hacia las dos acusadas.
Dirigiéndose al/la agente.
Que llamen a Josefa Giral.

AGENTE:
¡Josefa Giral!
Entra en la sala Josefa Giral. Entrega al Agente el DNI y este lo entrega al Secretario Judicial. El Agente le dice dónde debe colocarse, en estrados.

JUEZ/A:
Señora Giral, ¿jura o promete decir toda la verdad en todo lo que aquí se le pregunte? Le advierto de que de no hacerlo podría ser castigada con penas de prisión.

JOSEFA GIRAL:
Lo juro.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al/la Fiscal.
El Ministerio Fiscal tiene la palabra.

FISCAL:
Señora Giral, ¿qué vio usted cuando se encontraba en la tienda Fashion?

JOSEFA GIRAL:
Yo estaba mirando ropa y vi cómo una de ellas cogía un pantalón y lo introducía en la bolsa. Luego hicieron
lo mismo con tres camisetas.

FISCAL:
¿Y qué hizo?

JOSEFA GIRAL:
Me acerqué a la dependienta y le conté lo que pasaba. Le conté lo que había visto. Entonces ella se fue a por las dos chicas y las paró antes de que salieran de la tienda.

FISCAL:
¿Dónde se encontraba usted?

JOSEFA GIRAL:
Seguí a la dependienta y salí de la tienda. Me quedé en la puerta mirando, desde fuera. Como era una puerta
corredera de cristal pues pude ver todo a unos cuatrometros de distancia.

FISCAL:
¿Y qué pasó?

JOSEFA GIRAL:
La dependienta les exigió que les enseñara lo que llevaban en la bolsa. Las dos chicas empezaron a reírse
de ella y trataron de marcharse. La dependienta se puso en mitad del camino y sujeto a una de las dos, la que llevaba la bolsa, por el brazo. Entonces, las dos, violentamente, la golpearon. La chica cayó al suelo. Y
siguieron golpeándola y dándole patadas en la cabeza y en el resto del cuerpo. Aquello me horrorizó y me
marché en busca de los guardas jurados del centro comercial. Regresamos a los pocos minutos y uno de
los dos guardas impidió que siguieran golpeando a la dependienta. Yo llamé a Emergencias desde mi
teléfono móvil y vinieron a por ella. Estaba muy mal. Sangraba por la nariz.

FISCAL:
¿Recogió alguien la bolsa marrón?

JOSEFA GIRAL:
Sí, la cogió el otro guarda jurado y se la llevó consigo.

FISCAL:
¿Qué había dentro?

JOSEFA GIRAL:
Un pantalón y tres camisetas.

FISCAL:
Dirigiéndose al/la juez/a.
No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al/la abogado/a defensor/a.
Es su turno, señor/a letrado/a.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Con la venia, Señoría. Señora Giral, ¿provocó la señora Nin a las dos jóvenes con su actitud?

JOSEFA GIRAL:
No, se comportó como lo hubiera hecho yo de haber sido la dependienta.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
¿Gritó la dependienta a las dos jóvenes?

JOSEFA GIRAL:
No, fueron ellas las que primero levantaron la voz. La dependienta tan solo les respondió. Se condujo, le
repito, educadamente. Pero, es que nadie podía prever que iban a responder así. De una forma tan violenta.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Dirigiéndose al/la juez/a.
No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ/A:
Bien, señora Giral puede usted sentarse. Contamos ahora con un tercer testigo. Es Francisco Latorre, el
guarda jurado que se hizo cargo de la bolsa marrón. Dirigiéndose al Agente.
Llamen a Francisco Latorre.

AGENTE:
¡Francisco Latorre!
Entra en la sala Francisco Latorre. Entrega al Agente el DNI y este lo entrega al
Secretario Judicial. El Agente le dice dónde debe colocarse, en estrados.

JUEZ/A:
Señor Latorre, ¿jura o promete decir toda la verdad en todo lo que aquí se le pregunte? Le advierto de que de no hacerlo podría ser castigado con penas de prisión.

FRANCISCO LATORRE:
Lo prometo.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al/la Fiscal.
El Ministerio Fiscal tiene la palabra.

FISCAL:
Con la venia, Señoría. Señor Latorre, que contenía la bolsa marrón que usted recogió el día de la agresión.

FRANCISCO LATORRE:
Contenía un pantalón y tres camisetas.

FISCAL:
¿Qué precio total tenían las cuatro prendas juntas?

FRANCISCO LATORRE:
110 euros, de acuerdo con las cifras que figuraban en las etiquetas.

FISCAL:
Dirigiéndose al/la juez.
No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al/la abogado/a defensor/a.
Señor/a letrado/a, su turno.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Señor Latorre, ¿mantuvo usted bajo control la bolsa en todo momento, hasta que llegó la Policía?

FRANCISCO LATORRE:
Sí, señor. Estuvo bajo mi control personal.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Dirigiéndose al/la juez. 
No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al público.
Aunque no lo podéis ver, en mi poder tengo un informe del médico que atendió a la dependienta, a
Cristina Nin. Dice lo siguiente: “como consecuencia de la agresión, la paciente sufrió hematoma en el labio inferior y, región parieto-occipital derecha, o sea la parte derecha de la cabeza, contusión nasal, lumbar
derecha, contusión en el quinto dedo de la mano derecha, trastorno por estrés postraumático, habiendo
tardado en curar 167 días”. O sea, cinco meses y medio. Dicho esto, ahora entramos en la fase de los
peritos, de los expertos. En esta ocasión va a declarar un miembro del equipo técnico que entrevistó a las acusados tras los hechos, después de que estos fueran detenidos por el Grupo de Menores de la Policía. Este experto, que representa a todo el equipo técnico, ha estudiado bien a las acusadas y sus circunstancias personales. Tras estudiarlas ha elaborado una propuesta de castigo.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al/la agente, que hace de agente. 
Que entre Enrique Rodríguez, el miembro del equipo técnico.
Comparece en el escenario el miembro del equipo técnico. Cuando está entrando entrega
al agente su DNI. Este se lo lleva al Secretario.

JUEZ/A:
¿Jura o promete decir la verdad en todo lo que aquí se le pregunte?

ENRIQUE RODRÍGUEZ, EXPERTO:
Lo juro.

JUEZ/A:
Haga el favor de explicar las circunstancias que rodean la vida de estos menores.

ENRIQUE RODRÍGUEZ, EXPERTO:
Inmaculada Mariño pertenece a un entorno normalizado, aunque la falta de deberes y
responsabilidades que cumplir y los amplios periodos de ociosidad de los que dispone podrían desembocar
en situaciones de riego.
Reyes Carrasco, por su parte, presenta indicadores de riesgo a nivel familiar ya que sus progenitores le
dedican escasa atención. También ha mostrado una falta de contención adecuada, cuando estuvo bajo
seguimiento por parte de una asociación de educadores. Es una joven que pertenece a un entorno
social donde predominan las conductas desadaptadas.

JUEZ/A:
¿Podríamos decir que nos encontramos ante unas jóvenes conflictivas?

ENRIQUE RODRÍGUEZ, EXPERTO:
Son adolescentes con ciertos problemas que se pueden tratar, pero hay que abordar su problemática de una
forma profesional y de manera efectiva. O se actúa ahora o será difícil encarrilar la actitud de estas menores.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al/la fiscal
¿Quiere usted formular alguna pregunta sobre este
informe?

FISCAL:
¿Qué es lo que ustedes recomiendan?

ENRIQUE RODRÍGUEZ, EXPERTO:
Hay que trabajar sobre ambas. Se pueden encauzar, pero es el momento de tomar medidas de importancia,
si bien no recomendamos su internamiento en un centro juvenil.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al/la abogado/a defensor/a.
Señora letrada, su turno.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Señor Rodríguez, ¿usted cree que es imprescindible una medida de libertad vigilada, como la que proponen
en su informe? ¿No sería más apropiada una amonestación?

ENRIQUE RODRÍGUEZ, EXPERTO:
No. Ya existen antecedentes. Es el momento de encauzar a ambas menores. Y esto debe hacerse, como
ya hemos indicado, en nuestro informe y que ustedes tienen, mediante el seguimiento de tareas
socioeducativas.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ/A:
Puede usted marcharse, señor Rodríguez.
Dirigiéndose al público.
Entramos ahora en la fase de los informes, de lo que también se llama el alegato final. El fiscal y el abogado
defensor van a tratar de convencerme de sus razones. Si debo condenar o absolver a las acusadas.
Dirigiéndose al/la fiscal.
Ministerio fiscal, para informes.

FISCAL:
Con la venia, Señoría. En el juicio ha quedado claro que Inmaculada Mariño y Reyes Aguirre robaron tres
camisetas y un pantalón en la tienda Fashion. Ha quedado acreditado por los testimonios de la testigo
Josefa Giral y Francisco Latorre, uno de los dos guardas jurados. También ha quedado probado que las
dos jóvenes agredieron a la dependienta de la tienda Fashion, Cristina Nin, al impedirles dejar la tienda con
el producto de su robo. Que tras reducirla en el suelo, le dieron repetidas patadas, quedando en un estado que necesitó de 167 días para recuperarse. Es por ello, que tanto Inmaculada Mariño como Reyes
Aguirre son culpables de un delito de robo con violencia y otro delito de lesiones, previstos y penados en el artículo 237, 242-1 y 147-1 del Código Penal. Por lo tanto, solicitamos de este tribunal que se les
imponga las medidas, recomendadas por el equipo técnico, de doce meses de libertad vigilada y doce
meses de tareas socioeducativas.

JUEZ/A:
Su turno, señor/a letrado/a.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Señoría, de los testimonios aquí expuestos hoy, desde nuestro punto de vista no ha quedado probada la
culpabilidad de Inmaculada Mariño y Reyes Aguirre. Por el contrario, la agresión es el resultado de la
provocación de la dependienta, Cristina Nin, que se dirigió a ellas de una manera agresiva y nada educada.
Esto provocó la reacción que todos conocemos. Si la dependienta hubiera sido más comedida y prudente
hacia las dos clientes es muy probable que nada de esto hubiera ocurrido. Tiene, por lo tanto, una porción
importante de culpa. Por esto, pedimos la libre absolución o alternativamente, en el supuesto de que se le declarara culpable, se le impusiera tan solo la medida de amonestación.

JUEZ/A:
Con esto hemos llegado al final del juicio. Pónganse las acusadas en pie.
Dirigiéndose a las acusadas.

INMACULADA MARIÑO:
No tengo nada que decir.

REYES AGUIRRE:
Yo sí, Señoría. Es posible que nos pasáramos un poco, pero no fue nuestra intención.

JUEZ/A:
Bien, por la autoridad que me otorga la Constitución y de acuerdo con las disposiciones legales voy a emitir la sentencia en forma oral en este momento. Así, declaro que en el juicio ha quedado probado que Inmaculada Mariño y Reyes Aguirre trataron de robar un pantalón y tres camisetas en la tienda Fashion y que habiendo sido descubiertas por la dependienta, Cristina Nin, le propinaron una paliza cuando esta trató de impedirles el paso cuando trataban de marcharse del local. Son, por ello, responsables ambas de un delito de robo con violencia y un delito de lesiones por lo que les impongo las medidas de DOCE MESES DE LIBERTAD VIGILADA, el primero de los ilícitos penales, y DOCE MESES DE TAREAS SOCIEDUCATIVAS, por el segundo. Dirigiéndose específicamente a las dos chicas. Su conducta ha sido deplorable. No sólo han tratado de robar en una tienda sino que, además, han golpeado
violentamente a la dependienta, que hacía su trabajo. Tienen que aprender lo que es el respeto a los demás.
Deben aprender a respetar la propiedad ajena. Y deben aprender que su conducta tiene unas consecuencias. Estoy seguro/a de que lo que van a vivir los próximos doce meses no lo van a olvidar el resto de su vida. De ustedes depende aprovechar la lección. Y no lo vean como un castigo sino como una posibilidad de aprender, de mejorar y de convertirse en buenas ciudadanas. Nosotros, el pueblo, a quienes represento, queremos que elijan el buen camino, por eso les damos esta oportunidad. No la desaprovechen.
Dirigiéndose al/la Secretario/a Judicial.
Llévese testimonio de esta resolución a la pieza de responsabilidad civil. A ambas se les entregará por escrito esta sentencia y podrán recurrirla ante la Audiencia Provincial. Se levanta la sesión.

MODERADOR:
Un aplauso para vuestros compañeros, que lo han hecho muy bien.
Dirigiéndose al/la juez/a.
Señor/a Juez/a, una vez que ha acabado el juicio, tengo que decirle que falta algo. ¿Tiene la victima derecho a ser indemnizada por las lesiones sufridas y los perjuicios que le ha causado el ya condenado?

JUEZ/A:
Así es. Cristina Nin podría tener derecho a una indemnización. Por ello incluí la frase “llévese
testimonio de esta resolución a la pieza de responsabilidad civil”. Esto quiere decir que, la señora puede demandar a los padres de ambas condenadas para que le paguen la compensación económica que determine un juez en un nuevo juicio, este de naturaleza civil. Esta sentencia es una prueba definitiva.

MODERADOR:
Muchas gracias por tus explicaciones y por tu presencia aquí, en Educando en Justicia. Y gracias
también a vosotros por vuestra presencia y por vuestra atención. Ya sabéis que nuestro mundo está regido por normas y leyes que nos hemos dado a través de nuestros representantes en el Parlamento. Y que los jueces son los que las administran en nuestro nombre. En el nombre de todos. Gracias y hasta pronto.

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