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miércoles, 26 de marzo de 2014

Bitcoin. Dinero virtual

En la entrada de hoy me quiero referir a lo que son los bitcoins, estaréis pensando ¿Pero qué es eso?. Pues bien no es nada más ni nada menos que una moneda virtual. Pero ahora me surge la siguiente duda. ¿Qué es el dinero? ¿Por qué el dinero? ¿Qué es eso de dinero fiduciario?
Haz click en la imagen para acceder al enlace.

Pero también me gustaría que reflexionarais acerca de la siguiente cuestión:
¿Tienen los bitcoins todas las características que ha de tener el dinero?
  • Oferta limitada
  • Perdurable
  • Susceptible de ser dividido
  • Transportable
  • Acumulable
  • Representativo de la riqueza
  • Reconocido como medio de pago


domingo, 16 de febrero de 2014

El monstruo de la inflación.

Hola de nuevo, ahora estamos estudiando el tema de la inflación, la verdad es que así dicho en etéreo parece como un poco difícil, por eso te recomiendo que veas este vídeo y contestes a las siguientes preguntas.


1.- ¿Qué es la inflación? ¿Qué es eso del 2%?
2.- ¿Por qué los protagonistas no pueden comprar pasteles?
3.-Hay un momento en que el pastelero hace referencia a dos clases de inflación, las estás estudiando ahora mismo. Pero cuáles son  y en qué consisten
4.-¿Qué consecuencias tiene que el monstruo de la inflación reparta dinero a todo el mundo?
5.- Que en el pasado el monstruo de la inflación campara por sus anchas¿ tuvo alguna consecuencia?
6.-¿Cómo controla el Banco Central Europeo al monstruo de la inflación?
7.-¿Qué relación existe entre el exceso de dinero en circulación y el monstruo de la inflación?
8.- La inflación sólo se produce cuando hay una subida general de los precios. ¿Qué significa?
9.- ¿Tipo de interés? ¿Contra más alto sea, más baja será la demanda de dinero? ¿Qué significa todo esto?
10.-Inflación y confianza, ¿Hacen buena pareja?
11.-¿Por qué si mantenemos a la inflación controlada las empresas van a invertir más y van a aumentar los puestos de trabajo?
12.- Y ahora viene la deflación. Pero... ¿ésta es buena o mala?





lunes, 20 de enero de 2014

Liderando



Debes elegir a un persona actual o histórica, perteneciente a cualquier rama (deportes, cultura, historia, filosofía, economía…), que consideres que tiene o ha tenido  una influencia significativa dentro de tu propio perfil vital. Para ello te puedes ayudar de la entrada en este blog "¿Y si hablamos de liderazgo?"

Y realiza este trabajo:


1.- Adjunta una fotografía tamaño folio (puede ser  impresa en blanco y negro) de dicha persona.

2.- Realiza una breve descripción biográfica de dicha persona, en la que se resalten  los acontecimientos más importantes que hayan ocurrido en su vida.

3.-Localiza las principales dificultades a las que se enfrentó a lo largo de su vida

4.- ¿Cómo las superó?

5.- ¿Cuál o cuáles han sido sus principales logros? ¿Qué valores identificas en esos logros?

6.- ¿Te identificas con el personaje que has elegido? ¿Por qué?

7.- ¿Crees que la trayectoria del personaje que has elegido, te ha influido o te puede influir en el futuro? ¿Por qué?

8.- ¿En qué ha contribuido  el personaje que has elegido a la sociedad?

miércoles, 15 de enero de 2014

¿Y si hablamos de liderazgo?

Aquí os dejo esta curiosidad. Se trata de unos dibujos en los  que se representan varias personas con relevancia en los distintos campos (cultura, deporte, política, historia...) Si haces click sobre los mismos podrás acceder a un enlace en el que pinchando sobre cada personaje podrás ver información sobre su biografía.





lunes, 25 de noviembre de 2013

La elasticidad de restaurante




En el restaurante el jabalí ebrio se sirven los siguientes platos:
Solomillo: 50 unidades a 30 euros unidad
Macarrones: 400 unidades a 5 euros unidad

En el mes siguiente se realizaron los siguientes cambios:
Solomillo: 53 unidades a  29 euros unidad
Macarrones: 450 unidades a 4 euros unidad

Vistos los resultados en el mes siguiente realizaron los siguientes cambios:
Solomillo: 45 unidades a 32 euros unidad
Macarrones: 390 unidades a 5,5 euros unidad.

 Calculan las consecuencias de estos cambios utilizando para ello la teoría de la elasticidad.

martes, 19 de noviembre de 2013

Ejercicio de oferta y demanda





Partiendo de que el mercado de peluches de Bob Esponja en España presenta las siguientes funciones de oferta y demanda:

            Xo=150P-200
Xd=1000 - 250P

Determina:

1.-Indica el precio de equilibrio y la cantidad de equilibrio
2.- Qué ocurriría si  P=2. Y si P=4
3.-Realiza la representación gráfica

Respuestas.

1.- Indica el precio de equilibrio y la cantidad de equilibrio
                150P-200=1000-250P
                150P +250P=1000+200
                P=3 Precio de equilibrio
                Xo= (150 x 3)- 200
                Xo=250 Cantidad de equilibrio
                Xd=1000 – (250 x 3)
                Xd= 250 Cantidad de equilibrio

2.- Qué ocurriría si P=2
                Xo= (150 x 2) - 200         
                Xo=100 Cantidad ofertada
                Xd= 1000 – (250 x 2)
                Xd=500 Cantidad demandada

      Y si P=4
                Xo = (150x4)-200
                Xo=400 Cantidad ofertada
                Xd= 1000 – (250x2)
                Xd= 0 Cantidad demandada
               


3.-Realiza la representación gráfica
Precio
2
3
4
Cantidad demandada
500
250
0
Cantidad ofertada
100
250
400
               


               






domingo, 10 de noviembre de 2013

Karl Marx. Otra nueva perspectiva

Y seguimos con nuestra figuras notables en materia de economía. En esta ocasión os presento a Marx, seguro que todos hemos oído hablar de él. A continuación podréis leer un fragmento de "El capital". En relación al cual me gustaría que contestarais a las siguiente pregunta:

1.-¿Quién era Karl Marx?¿Cuáles son sus principales obras?
2.-¿A qué se está refiriendo con el concepto de mercancía? ¿ Y por valor de uso de las mercancías?
3.-¿Pero qué es eso de valor de cambio de una mercancía? ¿De qué depende esta valor?
5.-¿Y el factor trabajo? ¿Qué tiene que ver con todo esto?¿Cómo se valora este trabajo?
6.-¿El valor de una cosa depende del trabajo empleado en ella?


El capital, lib. 1, sección 1, cap. l
Los dos grandes factores de la mercancía: valor de uso y valor de cambio, o valor propiamente dicho. (Sustancia y magnitud del valor.)
La riqueza de las sociedades en que impera el modo de producción capitalista se presenta como una "inmensa acumulación de mercancías". Por tanto, el punto de partida de nuestra investigación será el análisis de la mercancía, forma elemental de dicha riqueza.
1.
En primer lugar, la mercancía es un objeto externo, una cosa que, en virtud de sus propiedades, satisface necesidades humanas de cualquier clase. La naturaleza de estas necesidades, el hecho de que tengan su origen en el estómago o en la fantasía, no cambia para nada la cuestión. Tampoco se trata aquí de saber cómo son satisfechas dichas necesidades, si de manera directa, como medio de vida, o de manera indirecta, como medio de producción.
2.
Todas las cosas útiles, como el hierro, el papel, etc., pueden considerarse desde dos puntos de vista; el de la calidad y el de la cantidad. Cada una es un conjunto de diversas propiedades y, por lo tanto, puede resultar útil en distintos aspectos. El descubrimiento de tales aspectos diversos y, al mismo tiempo, de los diferentes usos de las cosas es un hecho histórico. Lo mismo sucede con el descubrimiento de medidas sociales para la cantidad de los objetos útiles. La diversidad de estas medidas de las mercancías tiene su origen, en parte, en la diversa naturaleza de los objetos a medir, y en parte, en la convención.
3.
La utilidad de una cosa hace de ella un valor de uso. Pero esta utilidad no es algo vago e impreciso. Está determinada por las propiedades materiales de la mercancía y no puede existir sin ella. En consecuencia, la materialidad misma de la mercancía, el hierro, el trigo, el diamante, etc., es un valor de uso. Y no es el mayor o menor trabajo que le cuesta al hombre apropiarse de sus cualidades útiles lo que le da ese carácter. Al referirse a valores de uso; se les supone siempre en una cantidad determinada; por ejemplo, una docena de relojes, un metro de tela, una tonelada de hierro, etc. Los valores de uso de las mercancías suministran los materiales para un conocimiento particular, el de la ciencia comercial. Los valores de uso no se hacen efectivos más que en el uso o en el consumo. Constituyen la materia de la riqueza, cualquiera que sea la forma social de ésta. En la sociedad que tenemos que estudiar son al mismo tiempo los soportes materiales del valor de cambio.
4.
El valor de cambio se presenta en primer lugar como la relación cuantitativa, la proporción en que valores de uso de una clase se cambian por valores de uso de otra; relación que varía constantemente con el tiempo y el lugar. Así, pues, el valor de cambio parece algo arbitrario y puramente relativo; un valor de cambio intrínseco, inmanente a la mercancía, parece, como diría la escuela, una contradictio in adiecto. Examinemos la cosa más de cerca.
5.
Una determinada mercancía, por ejemplo, un quarter de trigo, se cambia por otros artículos en las más diversas proporciones. Sin embargo, su valor de cambio permanece inmutable, ya se exprese en x betún, en y seda, en z oro, etc. Por lo tanto, debe tener un contenido distinto de estas diferentes expresiones.
6.
Tomemos ahora dos mercancías; por ejemplo, trigo y hierro. Sea cual fuere su relación de cambio, siempre podrá representarse mediante una ecuación en que una cantidad dada de trigo se considere igual a una cantidad cualquiera de hierro; por ejemplo, un quarter de trigo = x kilogramos de hierro. ¿Qué significa esta ecuación? Significa que dos objetos diferentes, un quarter de trigo y x kilogramos de hierro, tienen algo en común. Por lo tanto, ambos son semejantes a un tercero, que no es ni el uno ni el otro. Cada uno de ellos, en cuanto valor de cambio, debe ser reducible al tercero, independientemente del otro.
7.
Un ejemplo tomado de la geometría elemental nos aclarará esto. Para medir y comparar las superficies de todas las figuras rectilíneas, se las descompone en triángulos. El mismo triángulo se reduce a una expresión completamente distinta de su aspecto visible: al semiproducto de su base por su altura. Del mismo modo, los valores de cambio de las mercancías deben ser reducidos a algo común, del que representan un más o un menos.
8.
Este algo común no puede ser una propiedad natural cualquiera, geométrica, física, química, etc., de las mercancías. Sus cualidades sólo interesan en la medida que les dan una utilidad que las convierte en valores de uso. Pero, por otra parte, es evidente que al cambiar las mercancías se hace abstracción de su valor de uso y que toda relación de cambio está caracterizada por esta abstracción. En el cambio, un valor de utilidad vale justamente tanto como otro cualquiera, siempre que se halle en la proporción apropiada. O, como dice el viejo Barbon: "Una clase de mercancía vale tanto como otra cuando su valor de cambio es igual; no existe ninguna diferencia, ninguna distinción entre cosas que tienen el mismo valor de cambio".
Como valores de uso, las mercancías tienen ante todo cualidades distintas; como valores de cambio, sólo se diferencian por la cantidad.
9.
Dejando a un lado el valor de uso de las mercancías, sólo les queda una cualidad, la de ser productos del trabajo. Pero el producto del trabajo ya ha sido metamorfoseado sin nosotros saberlo. Si hacemos abstracción de su valor de uso, al mismo tiempo desaparecen todos los elementos materiales y formales que le daban este valor. Ya no es, por ejemplo, una mesa, una casa, hilo o un objeto útil cualquiera; tampoco es ya el producto del trabajo del tornero, del albañil o de cualquier otro trabajo productivo determinado. Con los caracteres útiles particulares de los productos del trabajo, y al mismo tiempo que ellos, desaparecen el carácter útil de los trabajos en ellos encerrados y las diversas formas concretas que distinguen unos tipos de trabajo de otros. Por lo tanto, ya no queda más que el carácter común de estos trabajos; todos se reducen al mismo trabajo humano, a un gasto de fuerza humana de trabajo, siendo indiferente la forma concreta en que dicha fuerza haya sido gastada.
10.
Consideremos ahora el residuo de los productos del trabajo. Cada uno de ellos es por completo semejante al otro. Todos tienen la misma realidad fantasmagórica. Convertidos en sublimados idénticos, como muestras del trabajo indiferenciado, todos estos objetos sólo manifiestan una cosa: que para producirlos se ha gastado una fuerza humana de trabajo, que en ellos se ha acumulado un trabajo humano; son considerados valores en tanto que son la cristalización de esta sustancia social y común.
Por consiguiente, aquello que les es común, y que se manifiesta en relación de cambio o en el valor de uso de las mercancías, es su valor; y un valor de uso o un articulo no tiene más valor que el del trabajo materializado en él.
11.
¿Cómo medir ahora la magnitud de su valor? Por el quantum de sustancia "creadora de valor", es decir, de trabajo que contiene. La medida de la cantidad de trabajo es el tiempo de su duración y, a su vez, el tiempo de trabajo se mide en partes, como la hora, el día, etc.
Se dirá que si el valor de una mercancía viene dado por el quantum de trabajo gastado en su producción, cuanto más perezoso e inútil sea un hombre, más valdrá su mercancía, puesto que emplea más tiempo en fabricarla. Pero el trabajo que constituye la sustancia del valor de las mercancías es un trabajo igual e indistinto, un gasto igual de fuerza. La fuerza de trabajo de toda la sociedad, que se manifiesta en el conjunto de los valores, no representa, por lo mismo, más que una fuerza única, aunque se componga de innumerables fuerzas individuales. Toda fuerza individual de trabajo equivale a otra cualquiera siempre y cuando tenga el carácter de fuerza social media y funcione como tal, es decir, que no emplee en la producción de la mercancía más que el tiempo de trabajo necesario por término medio o el tiempo de trabajo socialmente necesario.
12.
El tiempo socialmente necesario para la producción de las mercancías es aquel que requiere un trabajo realizado con la destreza e intensidad habituales en condiciones normales con relación al medio social. Después de introducirse en Inglaterra el telar de vapor, el trabajo necesario para transformar en tejido una cantidad de hilo dada quizá quedó reducido a la mitad. El tejedor inglés siempre necesitó el mismo tiempo para llevar a cabo esta transformación; pero, a partir de entonces, el producto de una hora de trabajo individual suyo sólo representaba media hora de trabajo social, quedando reducido a la mitad su definitivo valor.
Por lo tanto, lo que determina la cantidad de valor de un artículo es solamente el quantum de trabajo, es decir, el tiempo de trabajo necesario para su producción en una sociedad dada...
Marx, El capital, lib. 1, sección 1, cap. l


jueves, 7 de noviembre de 2013

Dinero de madera


Y si te dijera que en una ocasión se llegó a utilizar dinero de madera. No la madera como elemento de cambio y unidad de valor, sino como elemento para representar un valor Monetario.Para ello os presento ciertos ejemplos de cómo en la historia reciente se ha utilizado la madera para representar la vertiente de valor del dinero.


En base a esto:
1._ ¿Qué se puede entender por dinero?
2._ ¿Para qué sirve el dinero?
3._¿Por qué el dinero se reconoce como medio para extinguir deudas?
4.-¿Cuáles son las características que ha de tener el dinero?
5.-¿Te parece descabellada la idea de hacer dinero de madera?






Most people aren't old enough to remember the communities in the early 1930s that ran out of money and resorted to a novel solution: using wooden money.
    The first such "money" was issued by the town of Tenino, Wash., in 1931. These were small (somewhat smaller than an index card) rectangular pieces of thin softwood imprinted with information indicating they were valued for a specific amount (such as 50 cents) and redeemable by the local city. Several denominations were issued by Tenino.
    These early issues in mint condition can bring several dollars each in a public auction. The issues of the 1930s often bring $1 or more on fixed price lists.
    Other communities by 1934 had issued similar pieces, following the same format of thin softwood and imprinted with values, dates, and redeemable information. By the mid 1930s, some communities and organizations issued round wooden nickels of a thicker material, usually imprinted with the denomination of five cents. This gave rise to the famous expression "Don't take any wooden nickels."
    Most such wooden nickels were issued by local merchants instead of small change and offered to redeem them for merchandise of cash later on; some were never redeemed. Many had the design of then-current nickels: an Indian on one side or a buffalo (bison) on one side.
    The practice of issuing private store wooden nickels proliferated in the 1940s and 1950s. They mostly have little numismatic value and can be found in many coin dealers "junk" boxes for 25 cents or even less.
    The wooden nickel is still used by merchants and especially by coin dealers as advertising calling cards — sometimes with a redeemable value for purchase. In 1976, many retail stores, coin dealers, small businesses and service providers issued a wide range of such wooden nickels with an American bicentennial theme. Today such pieces are not worth much more than their original value of five to 25 cents.
    The late "Corky" Ayers of Covina was one of the founders of the Society of Wooden Money Collectors and issued a newsletter to a dedicated core of collectors. His home was virtually a wall-to-wall museum of wooden money covering issues from the 1930s to date.

    The federal government actually prohibits the issuance of wooden "money." However, as a business card or a memento, they still are being created and issued for varied purposes.

domingo, 3 de noviembre de 2013

Una mujer inteligente soluciona una gran crisis.











Si pensáis que  la crisis es algo que pertenece por completo a nuestros tiempos, no es verdad. La escuela de nuestros actuales gobernantes se puede remontar muchos años atrás. Ejemplo de ello fueron las bancarrotas que sufrió la corona de Felipe II,  "ese Rey en cuyo imperio no se ponía jamás el sol". ¿Y de dónde vino todo ese problema? Lee el siguiente texto y contesta a las siguientes preguntas:

1.- ¿Quién era Carlos I de España y V de Alemania?

2.- ¿Qué es eso de Aquisgrán? y ¿De qué compra de votos están hablando?

3.- ¿Qué fue lo que quedo endeudado? ¿Qué garantía se puso? ¿Qué eran los "juros”?

4.- ¿A dónde tuvo que ir la gente de Castilla y Extremadura?

5.- ¿Quién era Felipe II? Y ¿Juana de Austria?

6.- ¿Cómo es posible que pese a la entrada de oro de las américas, el imperio estuviese endeudado?

7.- ¿Qué medida adoptó Felipe II para combatir tal situación?


8.- ¿Ves alguna correlación con la situación actual?


La brillante e inteligente hermana de Felipe II (rey de España, Inglaterra, y de una larga e innumerable lista de posesiones por aquí y por allá) cuyo nombre era Juana de Austria, después de una concienzuda y exhaustiva investigación efectuada durante el periodo de regencia entre su padre y su hermano se dio cuenta, tras un año largo, de que el imperio estaba en quiebra.Con agudeza sin par y la determinación que le caracterizaba, le sugirió a su egregio hermano que cortara por lo sano con aquel tormento que tenía colapsada a la hacienda pública, tal que era el pago de una suma astronómica entre principal e intereses a los banqueros y prestamistas que durante el reinado de su padre, Carlos I, habían parcheado las voraces exigencias de liquidez de un imperio que no acababa de llegar a su punto de inflexión en su dinámica expansionista.

Dicho y hecho. Una pionera suspensión de pagos permitió al emperador salir de apuros durante un tiempo lo suficientemente prudencial como para poner orden en el patio doméstico.

Cuarenta años antes un joven Carlos I de España que tenía como contrincante y aspirante a un Francisco I de Francia con una ambición tan desmedida como la de su joven opositor competían por un cargo que tenía más de electo que hereditario, en el que los apaños políticos prevalecían sobre los derechos sucesorios. En Aquisgrán, el 20 de octubre de 1520 y en medio de “una dura campaña electoral“ se produjo el que probablemente pudiera haber sido el mayor soborno de la historia.


Después de esquilmar las arcas castellanas y en menor medida las aragonesas, se pudo “doblegar” finalmente la voluntad de los príncipes que de manera profusa poblaban el Sacro Imperio Romano Germánico y cuyo voto “de confianza” habría de ser determinante para la candidatura de Carlos V. Una generosa faltriquera que no cesaba de repartir esplendidas donaciones quebró finalmente la “resistencia” de aquellos perillanes. Banqueros genoveses, florentinos, castellanos y alemanes, diseñaron un préstamo sindicado con escandalosos intereses (en torno a un 30%) y unas garantías apabullantes para poder afrontar el ablandamiento de aquellas dúctiles voluntades. Este era el lado oscuro del que según algunos historiadores como Hugh Thomas fue el mejor estadista de su época.

Mucho de los éxitos militares del emperador vinieron gravados por terribles urticarias financieras. Algunos empréstitos se acumulaban como un efecto dominó convirtiendo los cuarenta años de reinado de Carlos I en una pesadilla a costa del pago de una deuda externa que se convertiría en patología crónica.

Para paliar esta monumental deuda y no perder la confianza de los acreedores, Felipe II optó por enajenar las joyas de la Corona. Todos los maestrazgos (grandes extensiones rurales propiedad de las órdenes militares) fueron otorgados como concesiones de explotación exclusiva a la banca alemana Fugger. La hacienda castellana durante cerca de cien años no vería ni un ducado. Quiso la fatalidad que fuera España por su peso económico la más lastrada de las posesiones del despilfarrador emperador. En el paroxismo dilapidador se llegó a arrendar por el método de subasta la recaudación de las rentas que ingresaba la Corona. Es más, se emitieron los “juros”, una especie de bonos del tesoro que permitían al beneficiario o comprador de los mismos cobrar unos intereses que rondaban el 10%. En el colmo de aquella ilustre y egregia enajenación, allá por el año del señor de 1528 se procedería a segregar en formato de arriendo el territorio de Venezuela a los también banqueros alemanes, la saga Welser.


Las improductivas guerras de religión, eran más que lacerantes; sangrías sin sentido que no conducían más que a un desastre de fácil pronóstico

Dentro de aquel circo de cambiantes ciclos económicos, el oro y la plata de Perú acudirían en socorro del maltrecho emperador. Al terminar la conquista, la colonización strictu sensu permitiría pasar de la apropiación-expropiación del oro y otros metales preciosos a los indígenas a una fase de producción en las minas de Potosí, Zacatecas, Guanajato y las cuencas de los ríos colombianos Magdalena y Cauca, etc. El decenio comprendido entre 1532 y 1542 aportaría ingentes cantidades que aliviarían las estrecheces de las arcas públicas y consolidarían la sólida implantación de la dinastía Habsburgo. Más en vez de retornar a los castigados súbditos en forma de inversiones productivas que aportaran algo de alegría a la expoliada población, este incatalogable emperador que basculaba entre éxitos militares y quiebras económicas, invertía todo su ímpetu creativo en nuevas hazañas bélicas.

Las improductivas guerras de religión eran mas que lacerantes; sangrías sin sentido que no conducían más que a un desastre de fácil pronóstico. El empecinamiento de aquella testa coronada en sostener posiciones insostenibles –véase Flandes–, que con una buena autonomía y una discreta presencia militar habría bastado para exorcizar aquel Vietnam español del siglo XVI solo podía desembocar en una quiebra sin precedentes, como en efecto así ocurriría.


Al amparo de las guerras luteranas, crecía proporcionalmente la insolvencia del emperador. De esta guisa, y por los reiterados impagos ante los correspondientes vencimientos, los intereses llegaron a tornarse inasumibles. La suspensión de pagos del año 1557 fue una “debacle” de difícil digestión para los banqueros de la época. Francia y Portugal, también con crecientes dificultades financieras seguirían los pasos de España, con la diferencia de que no buscarían fórmulas de retorno a sus acreedores, a diferencia de Felipe II que sí implementó medidas alternativas para no perder de vista a sus indispensables banqueros .

Se suele decir que subestimar el azar convierte a las crisis en impredecibles. Carlos I de España tenía un buen mazo de cartas pero una incapacidad innata para manejarlas con solvencia. Pudo sentar las bases de una hegemonía largoplacista y duradera, pero su legado fue un galimatías contable. Su herencia política podría haber cumplimentado todos los requisitos de un infernal paisaje del Bosco. Su hijo Felipe II se tendría que enfrentar con los elementos en una ardua tarea de recuperación de la imagen internacional, no solo en el aspecto financiero, sino en múltiples frentes militares para mantener en posición vertical a aquel coloso que fuimos.

La codicia de Carlos I de España impulsó indirectamente una masiva emigración a las Indias, más allá del “efecto llamada” que provocaron las leyendas de riquezas sin cuento en ilocalizables paraísos terrenales como el ubicuo El Dorado. Se calcula que durante su longevo reinado se llegarían a asentar en las urbes del Nuevo Mundo, gracias a concesiones de explotación varias, encomiendas y otras zarandajas, cerca de 300.000 súbditos empujados por la extrema necesidad provocada por su desmedida ambición por diseñar una cartografía que abarcara todo el globo terráqueo. Castilla y Extremadura fueron las principales “beneficiarias” de esta política de vaciamiento de las arcas “publicas” y sus hijos tuvieron que mirar hacia el nuevo oeste como única medida de salvación.

Es más que probable que los actuales gestores políticos que pueblan el panorama nacional no sean otra cosa que delegados de intereses ajenos que poco o nada tienen que ver con las aspiraciones de sus administrados. Con poco rigor moral y escasa propiedad intelectual pueden hablar de España aquellos que empujan a sus ciudadanos a buscarse el sustento a años luz del solar patrio. Lo que sí es altamente  probable es que tengan unos incuestionables lazos de parentesco con aquel sobredimensionado emperador que dejó a los reinos hispánicos con una silueta más parecida a una obra de Modigliani o Giacometti. Saturno devora a sus hijos.

*Gentileza del Blog de Álvaro Van Den Brule

sábado, 26 de octubre de 2013

Educando en justicia

Educando en Justicia


Robo en la tienda Fashion

TÍTULO DEL JUICIO: ROBO EN LA TIENDA FASHION
Personajes:
• Juez/a.
• Fiscal.
• Abogado/a defensor/a.
• Secretario/a judicial.
• Acusados: Inmaculada Mariño y Reyes Aguirre, de 15 y 16 años. Acusadas de haber robado tres camisetas y un pantalón en una tienda de ropa, la tienda Fashión.
• Testigo primero (y víctima): Cristina Nin. Dependienta.
• Testigo segundo: Josefa Giral. Testigo, clienta de la tienda.
• Testigo tercero: Francisco Latorre, guarda jurado.
• Equipo técnico (se sienta junto al fiscal): Enrique Rodríguez.
• Funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial (conocido como Agente).
                                       Sinopsis del caso
 Dos adolescentes, Inmaculada Mariño, de 15 años, y Reyes Aguirre,de 16, tratan de robar tres camisetas y un pantalón, ocultándolas en una bolsa, en una tienda de ropa –Fashion-.
Una clienta avisa a la dependienta de que las dos jóvenes están
sustrayendo género. La dependienta las intercepta en la puerta y les requiere la bolsa. Ellas se niegan y tratan de salir. Cuando la dependienta trata de retenerlas éstas comienzan a darle una paliza que sólo para la intervención de dos vigilantes jurados.
Acusación:
Un delito de robo con violencia y un delito de lesiones.




LUGAR: ESCENARIO DEL JUICIO
JUEZ/A:
Dirigiéndose al público.
Se abre la sesión. Yo, el/la juez/a me siento en la mesa central, presidiendo el juicio. A mi derecha se encuentra el fiscal y a mi izquierda el abogado defensor. En el banquillo se sientan los acusados. Mi cometido es el dirigir el juicio y emitir una sentencia, que también se llama fallo. Esto lo hago al final de todo, tras valorar las pruebas que todos vais a ver. Las pruebas son declaraciones de los acusados, de testigos
y de peritos. Estos, los peritos, son expertos en una especialidad concreta. Pueden ser médicos forenses,
policías científicos, psiquiatras… Veréis que junto a mi en la mesa, hay una persona sentada que también lleva toga. Se trata del Secretario Judicial. Su función es la de dar fe de lo que aquí va a tener lugar. Es el notario del acto. Su papel es muy importante porque sin él no se puede celebrar el juicio. Y a él, precisamente, le corresponde verificar la identidad de cada persona que comparece. A continuación, voy a dar la palabra al/la Fiscal. SIEMPRE sucede así. Primero, el/la Fiscal y luego el abogado defensor. Una aclaración: tanto el fiscal como el abogado defensor tienen que dirigirse a mí con una fórmula que habréis escuchado en la televisión. Se trata de “Con la venia, Señoría”. Con la venia quiere decir con su permiso. Y Señoría es el tratamiento de respeto que recibimos todos los jueces y magistrados.
Dirigiéndose al/la fiscal. Señor/a fiscal, tiene la palabra para explicar su cometido.

FISCAL:
Dirigiéndose al/la juez y luego al público. 
Con la venia, Señoría. Mi misión en este y en todos los
juicios que se celebran en España es defender la Ley, defender los derechos de los ciudadanos y defender el interés público. Acuso y pido una condena si considero, a la vista de las declaraciones y las pruebas, que el acusado o la acusada es culpable. Si a lo largo del juicio se demuestra la no culpabilidad de los acusados, solicitaré a su Señoría la absolución.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al público. Después del ministerio fiscal le toca el turno al abogado defensor de los acusados.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Dirigiéndose al público.
Con la venia, Señoría. Mi misión en este juicio es la de defender la inocencia de los acusados. Mis clientes.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al público.
Ahora entramos en el juicio. Es la primera fase, la del interrogatorio. Los primeros en declarar son las
acusadas, aunque tienen el derecho a no hacerlo. Nadie puede obligarles. Os avanzo que en el caso que nos
ocupa hay 2 chicas. Se trata de Inmaculada Mariño, de 15 años, y de Reyes Aguirre, de 16 años. Las dos están acusadas de un delito de robo con violencia y un delito de lesiones. Fueron detenidas por la policía.
Comenzamos con la primera acusada. Doña Inmaculada Mariño, póngase en pie. Inmaculada Mariño se pone de pie ante el tribunal.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al público.
Antes de dar entrada a las partes es necesario que explique un mecanismo esencial que se repite en cada
juicio. Si es el denunciado, debe estar en la sala, sentado en el banquillo, delante del tribunal. Si es un testigo, o un perito, debe esperar fuera de la sala. En el caso de los acusados, estos deben estar en la sala siempre y deben declarar los primeros.

JUEZ/A:
Señora Mariño, tiene usted derecho a guardar silencio si así lo desea. ¿Quiere declarar?

INMACULADA MARIÑO:
Sí, Señoría.

JUEZ/A:
Bien, el ministerio fiscal tiene la palabra.

FISCAL:
Con la venia, Señoría. Señora Mariño, ¿dónde se encontraba usted el 13 de enero a las 7,30 de la tarde?

INMACULADA MARIÑO:
Estaba en la tienda “Fashion”, de mi barrio, con Reyes, mirando ropa.

FISCAL:
¿Cuánto tiempo llevaban en la tienda cuando ocurrió todo?

INMACULADA MARIÑO:
Inmaculada se muestra dubitativa. Mira su reloj de muñeca. Pone cara de estar calculando.
Cinco minutos escasos. Habíamos entrado para mirar unas camisetas.

FISCAL:
¿Se probó usted algo?

INMACULADA MARIÑO:
Me probé dos camisetas y una falda, en el probador.

FISCAL:
¿Compraron algo?

INMACULADA MARIÑO:
No, no compramos nada.

FISCAL:
Llevaba usted, o su amiga Reyes, alguna bolsa.

INMACULADA MARIÑO:
Sí, yo llevaba una bolsa de papel duro. De color marrón.

FISCAL:
El Fiscal le muestra una bolsa como la descrita.¿Es esta bolsa?

INMACULADA MARIÑO:
Sí, es esa bolsa.

FISCAL:
¿La bolsa estaba vacía o tenían algo en su interior?

INMACULADA MARIÑO:
Estaba vacía.

FISCAL:
¿Está usted segura?

INMACULADA MARIÑO:
Sí.

FISCAL:
Según usted, ¿cómo ocurrió todo?

INMACULADA MARIÑO:
Íbamos hacia la puerta. Estábamos a punto de salir,
cuando la dependienta se echó sobre nosotros gritándonos y llamándonos ladronas. Nos decía, qué
lleváis ahí, ¿eh? ¿Qué me estáis robando? A ver, mostradme lo que habéis metido en la bolsa. A Reyes
le dio un empujón que casi la tira al suelo. A mi me agarró el brazo con una mano y con la otra trató de
quitarme la bolsa.

FISCAL:
Y usted, ¿qué hizo?

INMACULADA MARIÑO:
No le dejé que cogiera la bolsa. Me estaba gritando. Me estaba tratando como una delincuente. Le hice frente con todas mis fuerzas. Traté de que me soltara.

FISCAL:
¿Le agredió a usted la dependienta?

INMACULADA MARIÑO:
Sí, me agredió con mucha violencia. Me hizo mucho daño. Yo sólo traté de defenderme. Además, nos estaba llamando ladronas y estaba haciendo una escena ante toda la gente. ¿Y por qué? Porque no vestimos como los pijos que compran en su tienda. Porque no somos de su clase. Nos defendimos porque nos estaba
atacando injustamente.

FISCAL:
¿Qué hizo entonces su amiga Reyes?

INMACULADA MARIÑO:
Trató de separarme de ella. Me estaba haciendo mucho daño. Estaba muy enfadada y no dejaba de repetir
¡ladronas!, ¡ladronas! A Reyes le costó mucho, pero al final la señora se cayó al suelo.

FISCAL:
¿Hicieron ustedes algo?

INMACULADA MARIÑO:
Nos marchamos por la puerta. Entonces entró el “guardia” de seguridad. Nos detuvieron. Nos llevaron a
un despacho que estaba allí cerca. Luego llegó la Policía y nos llevaron a Comisaría.

FISCAL:
¿En algún momento golpeó usted a la dependienta?

INMACULADA MARIÑO:
No.

FISCAL:
¿Dio usted alguna patada en la cara a la dependienta
cuando esta se encontraba en el suelo?

INMACULADA MARIÑO:
No.

FISCAL:
¿Estuvo siempre vacía la bolsa marrón que usted llevaba?

INMACULADA MARIÑO:
Si.

FISCAL:
Dirigiéndose al/la juez. No hay más preguntas señoría.

JUEZ/A:
Ahora es el turno del abogado defensor de ambas acusadas. Señor/a letrado/a, tiene usted la palabra.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Señora Mariño, ¿cuándo fue la primera vez que visitó la tienda “Fashion”?

INMACULADA MARIÑO:
Hace unos meses.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
¿Ocurrió algo que sea digno de mención?

INMACULADA MARIÑO:
Si. Fuimos a cambiar una falda que mi madre me había comprado en rebajas. No me gustaba. Cuando le pedí que me diera otra me dijo que no, que había sido usada y que no se podía cambiar.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
¿Había sido utilizada por usted?

INMACULADA MARIÑO:
Pone cara de ofendida. No. Estaba nuevecita. No quiso cambiármela porque no le dio la gana a la señora.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
¿Protestó usted?

INMACULADA MARIÑO:
Si, pero no me hizo caso.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Se lo contó usted a sus padres:

 INMACULADA MARIÑO:
Si, se lo dije a mi madre.

 ABOGADO/A DEFENSOR/A:
¿Hizo algo su madre después? ¿Demandó a la tienda?

 INMACULADA MARIÑO:
No, dijo que para 20 euros que no se iba a meter en problemas.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Dirigiéndose al/la juez/a. No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ/A:
Dirigiéndose a la acusada.
Puede usted sentarse, señora Mariño. Ahora corresponde interrogar a la segunda acusada, Reyes Aguirre. Señora Aguirre, póngase en pie.
Dirigiéndose al público.
Cómo habéis podido comprobar, ni a Inmaculada Mariño ni a Reyes Aguirre les he tomado promesa o juramento de decir la verdad. A los acusados, en nuestro sistema judicial, nunca se les pide que prometan o juren. Pueden contar su versión de los hechos de la forma que consideren más conveniente o apropiada para su causa. En el sistema estadounidense, que veis en las películas, los acusados sí están obligados a jurar o prometer. Si suben al estrado para ser interrogados tienen que decir la verdad. Y si mienten, pueden ser castigados por ello.
Dirigiéndose a Reyes Aguirre.
Bien, señora Aguirre. Ahora le va a interrogar el/la señor/a fiscal.
Dirigiéndose al/la Fiscal.
Tiene usted la palabra.

 FISCAL:
Señora Aguirre, ¿es cierto que la señora dependienta le dio a usted un empujón?

REYES AGUIRRE:
Si, cuando nos marchábamos. Agarró a Inma y yo la ayudé a soltarse. Ella se cayó al suelo sola.

 FISCAL:
¿En algún momento golpearon ustedes a la dependienta cuando estaba en el suelo?

REYES AGUIRRE:
No. Ni la tocamos.

FISCAL:
¿Se llevaron ustedes algo de la tienda dentro de la bolsa marrón?
REYES AGUIRRE:
No, nada.
FISCAL:
¿Y por qué van ustedes a una tienda con una bolsa
vacía?
REYES AGUIRRE:
Nos la habíamos encontrado en un banco y estaba nueva. Pensamos que nos serviría para algo.

FISCAL:
Dirigiéndose a la/el juez/a. No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ:
Señor/a abogado/a, es su turno.

ABOGADO/A:
Señora Aguirre, ¿tiró usted al suelo intencionadamente a la señora dependienta?

REYES AGUIRRE:
No, fue un accidente. Se cayó sola.

ABOGADO/A:
¿Estaba la bolsa vacía cuando se dirigían ustedes a la salida?

REYES AGUIRRE:
Si, completamente vacía.

ABOGADO/A:
Dirigiéndose a la/el juez/a. No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al público.
Como habéis visto, han declarado las dos acusadas. Su versión es muy clara. La dependienta, la única dependienta de la tienda, las tomó por un par de ladronas y entendió que dentro de la bolsa se llevaban algo. Y quiso comprobarlo. Se encontró, entonces, con la resistencia de ambas chicas y se cayó al suelo en el forcejeo. ¿Fue todo cómo lo contaron las acusadas? Ahora vamos a escuchar la versión de la víctima, la dependienta, doña Cristina Nin.
 Dirigiéndose al/la agente.
Que llamen a doña Cristina Nin.

AGENTE:
Da la voz en alto.
Cristina Nin.

 JUEZ:
Dirigiéndose al público.
Para comparecer ante mi tribunal, al igual que ante el resto de los tribunales españoles, la persona tiene que
venir con su Documento Nacional de Identidad. ¿Por qué es necesario? Porque tenemos que asegurarnos que ella es quien dice que es. Imaginaos si cualquiera pudiera hacerse por uno mismo. En este caso, el agente toma el carnet de la testigo y se lo entrega al/la Secretaria Judicial. Este/a comprueba que el DNI
corresponde a la persona y si está bien, me hace un gesto diciéndome que está bien. Entonces puede
comenzar a declarar.
Mientras el/la juez está explicando esto, el agente ha entregado al/la Secretario/a el DNI
del declarante. El/la Secretaria toma nota del nombre y lo apunta en el acta del juicio.
Luego mira al/la juez/a y asiente, como queriendo decir que todo está bien. El/la juez/a
procede con la declarante.

JUEZ/A:
Señora Nin, ¿jura o promete decir la verdad en todo lo que aquí se le pregunte? Le advierto de que si así no lo hace podría ser castigada con pena de prisión por ello.

CRISTINA NIN:
Lo prometo.

JUEZ/A:
Señor/a fiscal, tiene la palabra.

FISCAL:
Dirigiéndose a la testigo.¿Qué ocurrió la tarde del 13 de enero, a las 7,30 de latarde?

CRISTINA NIN:
Era viernes y en la tienda había bastante trabajo.Cuando entraron por la puerta me fijé en ellas. No es la
primera vez que han venido a la tienda. Al menoshabían estado en dos ocasiones antes. Y en esas dos ocasiones pude comprobar que me había desaparecidogénero. Concretamente, una falda y una camisa. Con
sinceridad, cuando las vi entrar, tuve un malpresentimiento.

FISCAL:
¿Vio usted cómo introducían el género en la bolsa?

CRISTINA NIN:
No, fue una clienta la que me avisó.

FISCAL:
¿Y usted que hizo?

CRISTINA NIN:
Las paré antes de la salida y les pedí que me mostraranlo que llevaban en la bolsa.

FISCAL:
¿Agarró usted del brazo a la señora InmaculadaMariño?

CRISTINA NIN:
No.

FISCAL:
¿Empujó usted a la señora Reyes Aguirre y casi la tiró al suelo?

CRISTINA NIN:
No. Les pedí que me enseñaran lo que llevaban en la bolsa. Se rieron de un modo muy ruidoso. Me dijeron
cosas como “Tú de qué vas, tía” “¿quién te crees que eres?”. Después trataron de marcharse.

FISCAL:
¿Qué hizo usted entonces?

CRISTINA NIN:
Les cerré el paso y les dije que si no me mostraban lo que llevaban en la bolsa de allí no salían.

FISCAL:
¿Cómo reaccionaron?

CRISTINA NIN:
Se abalanzaron sobre mí y comenzaron a pegarme. Yo traté de protegerme, pero eran muy violentas. Una de ellas llevaba un paraguas y me golpeó con ello. Caí al suelo y empezaron a patearme. Me dieron varias veces en la cabeza, en el cuello, en el pecho, en el abdomen… Casi perdí el sentido.

FISCAL:
¿Cómo terminó todo?

CRISTINA NIN:
Llegaron los guardas jurados del centro comercial y las detuvieron.

FISCAL:
¿Pudo usted ver en algún momento el interior de la bolsa?

CRISTINA NIN:
Sí, cuando estaba en el suelo vio que dentro había un pantalón y varias camisetas de la tienda.

FISCAL:
Dirigiéndose al/la juez/a.
No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al/la abogada/o defensor/a.
La defensa tiene la palabra.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Usted, por lo tanto, no vio cómo supuestamente introducían la ropa en la bolsa.

CRISTINA NIN:
No, directamente, no. Me lo dijo una clienta, que fue la que llamó al guarda jurado. Y me salvó de que
siguieran pegándome.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
¿Provocó usted a las acusadas?

CRISTINA NIN:
En absoluto.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Usted ha dicho que ambas habían estado en la tienda antes y que había desaparecido género. Usted relacionó su presencia con el género que alguien se llevó. ¿Tiene usted alguna prueba de que hubieran sido ellas?

CRISTINA NIN:
No, pero…

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Usted no tiene ninguna prueba de su culpabilidad, ¿verdad?

CRISTINA NIN:
No, pero…

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Sin pruebas nadie puede ser declarado culpable. Usted las condenó, en su fuero interno, sin pruebas. Y su
actitud hacia ellas condicionó lo sucedido el día de los hechos. ¿Por qué se dirigió a las dos acusadas de una
forma tan provocadora, gritándolas?

CRISTINA NIN:
No es cierto. Fui muy correcta con ellas, pero es que no querían enseñarme el interior de la bolsa.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
¿Les llamó ladronas?

CRISTINA NIN:
Puede ser que se lo llamara. No querían enseñarme el interior de la bolsa.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
¿Agarró usted de un brazo a la señora Mariño?

CRISTINA NIN:
Traté de sujetarla, para que no se marchara y me enseñara el interior de la bolsa. Entonces las dos me
dieron una paliza.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
¿No se extralimitó usted en su celo profesional? ¿No cree usted que provocó indirectamente el conflicto?
¿Qué la ausencia de buenas maneras por su parte produjo el enfrentamiento?

CRISTINA NIN:
Pues no. ¿Qué debería haber hecho? ¿Dejar que se marcharan de la tienda con el género?

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Por último, ¿es cierto que meses atrás usted se negó a cambiarle una falda adquirida en su tienda y que
tuvieron una discusión?

CRISTINA NIN:
No, no es cierto.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Dirigiéndose a la/el juez/a.
No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ/A:
Muy bien, Señora Nin, puede usted sentarse. Tenemos un segundo testigo, una mujer. Se trata de Josefa Giral y es la persona que llamó la atención de la señora Nin hacia las dos acusadas.
Dirigiéndose al/la agente.
Que llamen a Josefa Giral.

AGENTE:
¡Josefa Giral!
Entra en la sala Josefa Giral. Entrega al Agente el DNI y este lo entrega al Secretario Judicial. El Agente le dice dónde debe colocarse, en estrados.

JUEZ/A:
Señora Giral, ¿jura o promete decir toda la verdad en todo lo que aquí se le pregunte? Le advierto de que de no hacerlo podría ser castigada con penas de prisión.

JOSEFA GIRAL:
Lo juro.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al/la Fiscal.
El Ministerio Fiscal tiene la palabra.

FISCAL:
Señora Giral, ¿qué vio usted cuando se encontraba en la tienda Fashion?

JOSEFA GIRAL:
Yo estaba mirando ropa y vi cómo una de ellas cogía un pantalón y lo introducía en la bolsa. Luego hicieron
lo mismo con tres camisetas.

FISCAL:
¿Y qué hizo?

JOSEFA GIRAL:
Me acerqué a la dependienta y le conté lo que pasaba. Le conté lo que había visto. Entonces ella se fue a por las dos chicas y las paró antes de que salieran de la tienda.

FISCAL:
¿Dónde se encontraba usted?

JOSEFA GIRAL:
Seguí a la dependienta y salí de la tienda. Me quedé en la puerta mirando, desde fuera. Como era una puerta
corredera de cristal pues pude ver todo a unos cuatrometros de distancia.

FISCAL:
¿Y qué pasó?

JOSEFA GIRAL:
La dependienta les exigió que les enseñara lo que llevaban en la bolsa. Las dos chicas empezaron a reírse
de ella y trataron de marcharse. La dependienta se puso en mitad del camino y sujeto a una de las dos, la que llevaba la bolsa, por el brazo. Entonces, las dos, violentamente, la golpearon. La chica cayó al suelo. Y
siguieron golpeándola y dándole patadas en la cabeza y en el resto del cuerpo. Aquello me horrorizó y me
marché en busca de los guardas jurados del centro comercial. Regresamos a los pocos minutos y uno de
los dos guardas impidió que siguieran golpeando a la dependienta. Yo llamé a Emergencias desde mi
teléfono móvil y vinieron a por ella. Estaba muy mal. Sangraba por la nariz.

FISCAL:
¿Recogió alguien la bolsa marrón?

JOSEFA GIRAL:
Sí, la cogió el otro guarda jurado y se la llevó consigo.

FISCAL:
¿Qué había dentro?

JOSEFA GIRAL:
Un pantalón y tres camisetas.

FISCAL:
Dirigiéndose al/la juez/a.
No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al/la abogado/a defensor/a.
Es su turno, señor/a letrado/a.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Con la venia, Señoría. Señora Giral, ¿provocó la señora Nin a las dos jóvenes con su actitud?

JOSEFA GIRAL:
No, se comportó como lo hubiera hecho yo de haber sido la dependienta.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
¿Gritó la dependienta a las dos jóvenes?

JOSEFA GIRAL:
No, fueron ellas las que primero levantaron la voz. La dependienta tan solo les respondió. Se condujo, le
repito, educadamente. Pero, es que nadie podía prever que iban a responder así. De una forma tan violenta.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Dirigiéndose al/la juez/a.
No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ/A:
Bien, señora Giral puede usted sentarse. Contamos ahora con un tercer testigo. Es Francisco Latorre, el
guarda jurado que se hizo cargo de la bolsa marrón. Dirigiéndose al Agente.
Llamen a Francisco Latorre.

AGENTE:
¡Francisco Latorre!
Entra en la sala Francisco Latorre. Entrega al Agente el DNI y este lo entrega al
Secretario Judicial. El Agente le dice dónde debe colocarse, en estrados.

JUEZ/A:
Señor Latorre, ¿jura o promete decir toda la verdad en todo lo que aquí se le pregunte? Le advierto de que de no hacerlo podría ser castigado con penas de prisión.

FRANCISCO LATORRE:
Lo prometo.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al/la Fiscal.
El Ministerio Fiscal tiene la palabra.

FISCAL:
Con la venia, Señoría. Señor Latorre, que contenía la bolsa marrón que usted recogió el día de la agresión.

FRANCISCO LATORRE:
Contenía un pantalón y tres camisetas.

FISCAL:
¿Qué precio total tenían las cuatro prendas juntas?

FRANCISCO LATORRE:
110 euros, de acuerdo con las cifras que figuraban en las etiquetas.

FISCAL:
Dirigiéndose al/la juez.
No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al/la abogado/a defensor/a.
Señor/a letrado/a, su turno.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Señor Latorre, ¿mantuvo usted bajo control la bolsa en todo momento, hasta que llegó la Policía?

FRANCISCO LATORRE:
Sí, señor. Estuvo bajo mi control personal.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Dirigiéndose al/la juez. 
No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al público.
Aunque no lo podéis ver, en mi poder tengo un informe del médico que atendió a la dependienta, a
Cristina Nin. Dice lo siguiente: “como consecuencia de la agresión, la paciente sufrió hematoma en el labio inferior y, región parieto-occipital derecha, o sea la parte derecha de la cabeza, contusión nasal, lumbar
derecha, contusión en el quinto dedo de la mano derecha, trastorno por estrés postraumático, habiendo
tardado en curar 167 días”. O sea, cinco meses y medio. Dicho esto, ahora entramos en la fase de los
peritos, de los expertos. En esta ocasión va a declarar un miembro del equipo técnico que entrevistó a las acusados tras los hechos, después de que estos fueran detenidos por el Grupo de Menores de la Policía. Este experto, que representa a todo el equipo técnico, ha estudiado bien a las acusadas y sus circunstancias personales. Tras estudiarlas ha elaborado una propuesta de castigo.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al/la agente, que hace de agente. 
Que entre Enrique Rodríguez, el miembro del equipo técnico.
Comparece en el escenario el miembro del equipo técnico. Cuando está entrando entrega
al agente su DNI. Este se lo lleva al Secretario.

JUEZ/A:
¿Jura o promete decir la verdad en todo lo que aquí se le pregunte?

ENRIQUE RODRÍGUEZ, EXPERTO:
Lo juro.

JUEZ/A:
Haga el favor de explicar las circunstancias que rodean la vida de estos menores.

ENRIQUE RODRÍGUEZ, EXPERTO:
Inmaculada Mariño pertenece a un entorno normalizado, aunque la falta de deberes y
responsabilidades que cumplir y los amplios periodos de ociosidad de los que dispone podrían desembocar
en situaciones de riego.
Reyes Carrasco, por su parte, presenta indicadores de riesgo a nivel familiar ya que sus progenitores le
dedican escasa atención. También ha mostrado una falta de contención adecuada, cuando estuvo bajo
seguimiento por parte de una asociación de educadores. Es una joven que pertenece a un entorno
social donde predominan las conductas desadaptadas.

JUEZ/A:
¿Podríamos decir que nos encontramos ante unas jóvenes conflictivas?

ENRIQUE RODRÍGUEZ, EXPERTO:
Son adolescentes con ciertos problemas que se pueden tratar, pero hay que abordar su problemática de una
forma profesional y de manera efectiva. O se actúa ahora o será difícil encarrilar la actitud de estas menores.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al/la fiscal
¿Quiere usted formular alguna pregunta sobre este
informe?

FISCAL:
¿Qué es lo que ustedes recomiendan?

ENRIQUE RODRÍGUEZ, EXPERTO:
Hay que trabajar sobre ambas. Se pueden encauzar, pero es el momento de tomar medidas de importancia,
si bien no recomendamos su internamiento en un centro juvenil.

JUEZ/A:
Dirigiéndose al/la abogado/a defensor/a.
Señora letrada, su turno.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Señor Rodríguez, ¿usted cree que es imprescindible una medida de libertad vigilada, como la que proponen
en su informe? ¿No sería más apropiada una amonestación?

ENRIQUE RODRÍGUEZ, EXPERTO:
No. Ya existen antecedentes. Es el momento de encauzar a ambas menores. Y esto debe hacerse, como
ya hemos indicado, en nuestro informe y que ustedes tienen, mediante el seguimiento de tareas
socioeducativas.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
No hay más preguntas, Señoría.

JUEZ/A:
Puede usted marcharse, señor Rodríguez.
Dirigiéndose al público.
Entramos ahora en la fase de los informes, de lo que también se llama el alegato final. El fiscal y el abogado
defensor van a tratar de convencerme de sus razones. Si debo condenar o absolver a las acusadas.
Dirigiéndose al/la fiscal.
Ministerio fiscal, para informes.

FISCAL:
Con la venia, Señoría. En el juicio ha quedado claro que Inmaculada Mariño y Reyes Aguirre robaron tres
camisetas y un pantalón en la tienda Fashion. Ha quedado acreditado por los testimonios de la testigo
Josefa Giral y Francisco Latorre, uno de los dos guardas jurados. También ha quedado probado que las
dos jóvenes agredieron a la dependienta de la tienda Fashion, Cristina Nin, al impedirles dejar la tienda con
el producto de su robo. Que tras reducirla en el suelo, le dieron repetidas patadas, quedando en un estado que necesitó de 167 días para recuperarse. Es por ello, que tanto Inmaculada Mariño como Reyes
Aguirre son culpables de un delito de robo con violencia y otro delito de lesiones, previstos y penados en el artículo 237, 242-1 y 147-1 del Código Penal. Por lo tanto, solicitamos de este tribunal que se les
imponga las medidas, recomendadas por el equipo técnico, de doce meses de libertad vigilada y doce
meses de tareas socioeducativas.

JUEZ/A:
Su turno, señor/a letrado/a.

ABOGADO/A DEFENSOR/A:
Señoría, de los testimonios aquí expuestos hoy, desde nuestro punto de vista no ha quedado probada la
culpabilidad de Inmaculada Mariño y Reyes Aguirre. Por el contrario, la agresión es el resultado de la
provocación de la dependienta, Cristina Nin, que se dirigió a ellas de una manera agresiva y nada educada.
Esto provocó la reacción que todos conocemos. Si la dependienta hubiera sido más comedida y prudente
hacia las dos clientes es muy probable que nada de esto hubiera ocurrido. Tiene, por lo tanto, una porción
importante de culpa. Por esto, pedimos la libre absolución o alternativamente, en el supuesto de que se le declarara culpable, se le impusiera tan solo la medida de amonestación.

JUEZ/A:
Con esto hemos llegado al final del juicio. Pónganse las acusadas en pie.
Dirigiéndose a las acusadas.

INMACULADA MARIÑO:
No tengo nada que decir.

REYES AGUIRRE:
Yo sí, Señoría. Es posible que nos pasáramos un poco, pero no fue nuestra intención.

JUEZ/A:
Bien, por la autoridad que me otorga la Constitución y de acuerdo con las disposiciones legales voy a emitir la sentencia en forma oral en este momento. Así, declaro que en el juicio ha quedado probado que Inmaculada Mariño y Reyes Aguirre trataron de robar un pantalón y tres camisetas en la tienda Fashion y que habiendo sido descubiertas por la dependienta, Cristina Nin, le propinaron una paliza cuando esta trató de impedirles el paso cuando trataban de marcharse del local. Son, por ello, responsables ambas de un delito de robo con violencia y un delito de lesiones por lo que les impongo las medidas de DOCE MESES DE LIBERTAD VIGILADA, el primero de los ilícitos penales, y DOCE MESES DE TAREAS SOCIEDUCATIVAS, por el segundo. Dirigiéndose específicamente a las dos chicas. Su conducta ha sido deplorable. No sólo han tratado de robar en una tienda sino que, además, han golpeado
violentamente a la dependienta, que hacía su trabajo. Tienen que aprender lo que es el respeto a los demás.
Deben aprender a respetar la propiedad ajena. Y deben aprender que su conducta tiene unas consecuencias. Estoy seguro/a de que lo que van a vivir los próximos doce meses no lo van a olvidar el resto de su vida. De ustedes depende aprovechar la lección. Y no lo vean como un castigo sino como una posibilidad de aprender, de mejorar y de convertirse en buenas ciudadanas. Nosotros, el pueblo, a quienes represento, queremos que elijan el buen camino, por eso les damos esta oportunidad. No la desaprovechen.
Dirigiéndose al/la Secretario/a Judicial.
Llévese testimonio de esta resolución a la pieza de responsabilidad civil. A ambas se les entregará por escrito esta sentencia y podrán recurrirla ante la Audiencia Provincial. Se levanta la sesión.

MODERADOR:
Un aplauso para vuestros compañeros, que lo han hecho muy bien.
Dirigiéndose al/la juez/a.
Señor/a Juez/a, una vez que ha acabado el juicio, tengo que decirle que falta algo. ¿Tiene la victima derecho a ser indemnizada por las lesiones sufridas y los perjuicios que le ha causado el ya condenado?

JUEZ/A:
Así es. Cristina Nin podría tener derecho a una indemnización. Por ello incluí la frase “llévese
testimonio de esta resolución a la pieza de responsabilidad civil”. Esto quiere decir que, la señora puede demandar a los padres de ambas condenadas para que le paguen la compensación económica que determine un juez en un nuevo juicio, este de naturaleza civil. Esta sentencia es una prueba definitiva.

MODERADOR:
Muchas gracias por tus explicaciones y por tu presencia aquí, en Educando en Justicia. Y gracias
también a vosotros por vuestra presencia y por vuestra atención. Ya sabéis que nuestro mundo está regido por normas y leyes que nos hemos dado a través de nuestros representantes en el Parlamento. Y que los jueces son los que las administran en nuestro nombre. En el nombre de todos. Gracias y hasta pronto.